Ganador Sorteo Sequra

BASES LEGALES DEL SORTEO

Sorteo Sony PlayStation 5 PS5

Grupo ARVAMAX S.L, en adelante LA EMPRESA, domiciliada en Grupo ARVAMAX S.L con y domicilio social en CL Buenos Aires, 123-125 50196 La Muela (Zaragoza), CIF B99363830 en adelante LA EMPRESA, realizará una promoción comercial en el ámbito territorial, en favor de la marca ATRAPAMUEBLES, y que se regirá por las siguientes bases:

Base 1. Ámbito personal.

Podrán participar en la promoción todas las personas mayores de edad y residentes en España peninsular, y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes.

Base 2. Ámbito geográfico.

La promoción queda limitada al territorio peninsular español.

Base 3. Difusión de la promoción.

La promoción se dará a conocer a los participantes a través de las redes sociales, email y la propia web de Atrapamuebles

Base 4. Duración de la promoción.

El sorteo estará vigente entre el 18 Noviembre hasta el 9 de diciembre de 2022 a las 23:59h.

Si por causas de fuerza mayor fuera necesario aplazar, modificar, anular o repetir la promoción, este hecho se notificará, dándole a la modificación el mismo grado de publicidad que a la presente promoción.

 Base 5. Premios.

Habrá 1 ganador del concurso:

a)      Rebirá una Sony PlayStation 5 PS5

Base 6. Mecánica de la promoción.

1. Realiza un pedido de más de 300 € en la web de atrapamuebles.com.

2. Financia dicha compra con Sequra.

3. Dicha compra tiene que ser aprobada por Sequra y no puede ser cancelada con posterioridad.

4. Entre todos los participantes que  cumplan los requisitos anteriores, se elegirá de forma aleatoria un ganador.

La comunicación de los ganadores se hará durante la semana del 12 de Diciembre de 2022.

El premio es intransferible y no podrá ser canjeado por dinero en efectivo u otro producto.

En el caso de que algún ganador no se comunique con la empresa en un plazo máximo de 72 horas, se elegirá el siguiente ganador a través de otro sorteo.

La empresa se reserva el derecho de suspender la acción por causa justificada.

La empresa podrá excluir del sorteo a aquellos usuarios que cumpliendo los requisitos hayan hecho prácticas abusivas o hayan faltado al respeto a otros usuarios o marca.

Este sorteo está organizado por LA EMPRESA y en él no participa ni tiene ninguna responsabilidad INSTAGRAM ni FACEBOOK.

Base 7. Datos Personales.

Los Datos de Carácter Personal que los participantes faciliten a LA EMPRESA podrán ser incorporados a un fichero titularidad de LA EMPRESA, y serán tratados por LA EMPRESA, con la finalidad propia del propio sorteo, así como otras acciones de marketing y comunicación que la empresa pueda realizar. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante LA EMPRESA, en la dirección anteriormente indicada, mediante solicitud escrita acompañada de copia del DNI. De todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal”.

Base 8. Autorización y Cesiones de derechos de imagen y/o propiedad intelectual del ganador o ganadores.

El participante que resulte ganador y los suplentes que pudieran concurrir en este sorteo promocional, autorizan expresamente a LA EMPRESA a difundir, en los medios que el Organizador estime conveniente, su nombre y apellido completo, nombre de usuario fotografías y en general todos aquellos datos que pudieran requerirse con motivo de difundir esta promoción en los medios y en la forma en que el Organizador disponga, sin que con dicha utilización y difusión se produzca intromisión alguna en el ámbito protegido por la Ley 1/1982 de Protección Civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, sin que ello suponga derecho alguno de remuneración por tal reproducción o utilización. LA EMPRESA se reserva el derecho de comprobar la veracidad de los datos facilitados, así como las edades e identidades de los ganadores antes de proceder a la entrega de los premios. Las personas que participen en la promoción prestan su consentimiento para que sus datos personales sean tratados por LA EMPRESA, a los únicos efectos de la presente promoción.

Base 9. Aceptación de las Bases.

Las siguientes bases serán publicadas en la web de Atrapamuebles: https://www.atrapamuebles.com/ y depositadas en las oficinas centrales de la EMPRESA, situadas en el POLÍGONO INDUSTRIAL CENTROVÍA, CL BUENOS AIRES, 123-125 50196 La Muela (Zaragoza), España.

La participación en este concurso supone la plena y total aceptación de estas bases por parte de los participantes. Ante posibles dudas en la interpretación de estas bases prevalecerá el criterio del Organizador.

Asimismo, los participantes autorizan a LA EMPRESA a utilizar los nombres del ganador, su imagen o receta para que sean publicadas a través de Instagram, Facebook, Twitter, Linkedin, Blog corporativo o cualquier otra plataforma en la que tenga presencia LA EMPRESA, sin que ello suponga derecho alguno de remuneración por tal reproducción o utilización.

Base 10. Exclusión.

LA EMPRESA se reserva el derecho de excluir a aquellos participantes que hicieran un uso fraudulento de los medios de participación. No podrán participar en la promoción y, por lo tanto, resultar agraciados: a) los empleados de las empresas del grupo; b) agencias que estén relacionados con la promoción o que ostenten cualquier otro género de relación comercial con LA EMPRESA. LA EMPRESA se reserva el derecho de eliminar y/o retener las participaciones a cualquier usuario que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente Promoción. LA EMPRESA, pretende que todos los usuarios concursen en igualdad de condiciones en cada una de las promociones y con estricto respeto a las normas de la buena fe. Por ello, cualquier utilización abusiva o fraudulenta de estas Bases, dará lugar a la descalificación del participante de la promoción.

Base 11. Otras consideraciones.

Los premios entregados no serán susceptibles de cambio, alteración o compensación a petición de los ganadores. El premio que se otorga por concurso es intransferible, es decir, en el caso de que por cualquier circunstancia el premiado no pudiese o quisiera aceptar el premio, o renunciase al mismo, éste se declarará desierto. LA EMPRESA no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos o retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a la empresa de mensajería o a terceros que puedan afectar a los envíos.

Base 12. Fiscalidad.

Para retirar el premio se aplicará lo establecido en el vigente Reglamento de Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Real Decreto de 1841/91 de 30 de Diciembre de 1991 y demás disposiciones concordantes.

Al aceptar el premio, el ganador asume todos los gastos en los que incurra, salvo los que expresamente estén incluidos en la promoción en cuestión, así como la responsabilidad que se pueda derivar de la recogida y utilización de dicho premio. En tal sentido, el ganador será responsable de todos los impuestos devengados o gastos que no se mencionen específicamente en estas bases.